El Consejero Coordinador

dc.contributor.authorRiva de Aldama, Juan
dc.contributor.authorFerre, Miguel
dc.contributor.authorCenteno, Lourdes
dc.contributor.authorSagnier, Pablo
dc.contributor.rorhttps://ror.org/02jjdwm75
dc.date.accessioned2024-07-02T16:07:31Z
dc.date.available2024-07-02T16:07:31Z
dc.date.issued2019-11-22
dc.description.abstractRecibimos, por parte de Ernst & Young y Egon Zehnder, el encargo de redactar el prólogo de un estudio sobre la figura del consejero coordinador. Seguramente el motivo de dicho encargo radica en nuestra dilatada experiencia en múltiples consejos de administración y, además, en un caso, por las aportaciones realizadas en los sucesivos Códigos de Buen Gobierno y, en otro, por haber vivido una de las primeras designaciones de consejero coordinador en una gran sociedad del IBEX con participación pública mayoritaria. Debemos destacar la satisfacción de poder realizar este breve trabajo juntos, pues así hemos desarrollado gran parte de nuestra carrera profesional. Además, en nuestro caso, podemos combinar, también, la experiencia en el asesoramiento jurídico-legal, a la hora de redactar normas de gobierno corporativo, con la experiencia vivida en consejos de administración, desarrollando labores de coordinación sin haber contado con una clara definición e interpretación de las disposiciones dictadas. Como queda reflejado en los distintos trabajos que se publican, la figura del consejero coordinador va íntimamente ligada a la discusión sobre presidencia ejecutiva en las sociedades cotizadas. Es claro que las normas de gobierno corporativo europeas -que España ha tenido que incorporarestán inspiradas en el sistema que rige en el Mercado de Londres en el que los inversores institucionales, que tienen pequeñas participaciones porcentuales en las sociedades, no están interesados en la gestión, pero reclaman, cada vez más, un exigente gobierno corporativo y una mayor información y trasparencia para adoptar las decisiones de compra y venta, que es lo que realmente les interesa. A efectos de este prólogo interesa destacar especialmente que la estructura normal de gestión de las sociedades anglosajonas se basaba en un primer ejecutivo (CEO) y un presidente no ejecutivo encargado del adecuado funcionamiento del consejo y de las Juntas Generales. Pero la estructura de las sociedades españolas y de otros países continentales era y es radicalmente distinta, porque existen inversores particulares con participaciones importantes en las sociedades cotizadas, que nombran consejeros de acuerdo con su participación y, normalmente al presidente, que actúa como presidente de las juntas y puede desempeñar el cargo de primer ejecutivo o compartir dichas funciones con un consejero delegado.
dc.description.keywordcoordinating advisor
dc.description.keywordmanagement tips
dc.description.keywordGood Governance Codes
dc.description.keywordbuy and sell
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.citationRiva de Aldama, J., Ferre, M., Centeno, L., & Sagnier, P. (2019). El Consejero Coordinador. Zenodo. https://doi.org/10.5281/zenodo.3551044
dc.identifier.doihttps://doi.org/10.5281/zenodo.3551044
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14417/2615
dc.language.isoes
dc.licensehttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/legalcode
dc.publisherIE University
dc.relation.entityIE University
dc.rightsAttribution 4.0 International
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/legalcode
dc.subject.keywordcoordinating advisor
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dc.titleEl Consejero Coordinador
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dc.version.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
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